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Exportadores no pagarán más para litigar por recupero del IVA

01.08.2017

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo decidió por amplia mayoría, en la causa LAS 2 C S.A., que el Tribunal Fiscal de la Nación debe declararse competente en aquellas resoluciones en las que la AFIP cuestione la legitimidad de los créditos fiscales vinculados con exportación y como consecuencia de ello deniegue su devolución o exija la restitución de sumas oportunamente compensadas o devueltas.

 
Fuente:  Cronista.com

 

Si bien ciertas salas de la Cámara ya habían fijado esta posición, la importancia del fallo radica en que en esta instancia la decisión la toma en pleno, de manera que se fija un criterio unánime que será respetado por cada una de las salas integrantes de esa Cámara, explicó Alberto Mastandrea, de BDO Argentina.

La decisión consideró que los actos administrativos por los cuales la AFIP decide la denegación de los créditos fiscales vinculados con exportaciones, se comportan como una verdadera determinación tributaria, aun cuando no se siga el procedimiento de determinación de oficio previsto en la ley de procedimiento tributario, lo cual trae aparejado la competencia del Tribunal Fiscal de la Nación, puntualizó Mastandrea.

Es muy importante para los exportadores que el Tribunal Fiscal declare su competencia en estos casos, pues les permite que un tribunal especializado e independiente entienda en la cuestión, sin la necesidad del pago previo para los casos en los que se exige la restitución de las sumas oportunamente compensadas o devueltas.

Adicionalmente, permitirá a los exportadores reducir los costos asociados al litigio.